A continuación, pasamos a resumir las principales novedades en materia laboral que consideramos pueden ser de su interés.
NOVEDADES EN COTIZACIÓN
BASES DE COTIZACIÓN RÉGIMEN GENERAL
Se actualizan las bases máximas y mínimas:
- Base mínima 1.050€/mes
- Base máxima 4.070,10€/mes
SISTEMA ESPECIAL EMPLEADOS HOGAR
- Incremento de las retribuciones mensuales y de las bases de cotización
- Incremento de porcentajes de cotización (finalizando así el periodo transitorio)
- Nuevo tramo (10º), que corresponde a la base de cotización en función de la retribución mensual (se elimina el tope de cotización correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional)
RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS
- En términos generales, la Base mínima se sitúa en 944.40€/mes
- Autónomos societarios/ con 10 o más empleados: base mínima 1.214,10€
- Obligación de cotizar por contingencias profesionales y Cese actividad
- Tipo de cotización fijo 30% (Previsión de que en los próximos años aumente)
RÉGIMEN GENERAL / TRABAJADORES
- Se incrementa el Recargo en la cotización para todos los contratos temporales (igual o inferior a 5 días), consistente en el 40% sobre la cotización por contingencias comunes.
- Nueva tarifa de primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que afecta a algunos sectores de actividad. Como, por ejemplo: hostelería (que pasa del 1.25 -1.5%), empleados de hogar (que pasa del 1.1 al 1.5%), etc
OTRAS NOVEDADES EN COTIZACIÓN
- Convenios prácticas-becarios: Obligación de tramitar alta en la seguridad social y cotizar por cuota fija para contratos de formación, para los becarios que realicen prácticas en empresas.
OTRAS NOVEDADES
CONTRATO DE EMPRENDEDORES
- Se elimina el CONTRATO PARA EMPRENDEDORES, que permitía periodo de prueba de 1 año, y con derecho a aplicar bonificación, en las cuotas a la seguridad social
INSPECCIÓN TRABAJO
- La inspección de trabajo ha establecido un plan de actuación, con las principales medidas de revisión:
- Revisión de la temporalidad (donde revisarán las causas de la temporalidad, verificando si son justificadas)
- Se crea una nueva infracción específica: Falso autónomo (si previamente un trabajador autónomo anteriormente era empleado por cuenta ajena pasará a prestar servicios en la misma empresa). La sanción por estos falsos autónomos iría de 3.126 a 10.000€
- Falsos becarios.
SALARIO MINIMIO INTERPROFESIONAL (SMI)
- Incremento 22.3%, situándose en los siguientes importes:
- 900€/mes
- 30€/ día
- 12.600€ anuales
Para ampliar información o hacer cualquier consulta o comentario al respecto , quedamos a su disposición.